| ISAPRES... Y LA LUCHA POR LA DIGNIDAD DE LOS CHILENOS |
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Fuente : Cambio21 Histórico fallo del Tribunal Constitucional modifica sistema de cobro de las Isapres. Se acogió tesis orientada a delimitar la aplicación de la tabla de factores por edad y sexo Fecha de publicación: 28-07-2010 Por 7 votos a favor y 2 en contra los integrantes del Tribunal Constitucional decidieron modificar parcialmente el "artÃculo 38 ter" de la Ley de Isapres, que fija la tabla de factores de riesgo, mecanismo con que las aseguradoras calculan las tarifas de los planes de salud. Los miembros del organismo consideraron inconstitucionales los numerales 1,2,3 y 4 del inciso del mencionado artÃculo, los cuales establecen los tramos de edad y sexo bajo los cuales dichas entidades fijan sus precios. ![]() El 1 establece que "el primer tramo comenzará desde el nacimiento y se extenderá hasta menos de dos años de edad", mientras el 2 señala que "los siguientes tramos, desde los dos años de edad y hasta menos de ochenta, comprenderán un mÃnimo de tres años y un máximo de cinco años". El 3 dice que "la Superintendencia fijará, desde los ochenta años de edad, el o los tramos que correspondan" y el siguiente que "la Superintendencia deberá fijar, cada diez años, la relación máxima entre el factor más bajo y el más alto de cada tabla, diferenciada por sexo". Actualmente quienes tienen "más riesgo" y, por ende, los precios más caros, son las mujeres en edad fértil y la tercera edad. Sin embargo, el tribunal no se pronuncia respecto al inciso 5, el cual establece que "en cada tramo, el factor que corresponda a una carga no podrá ser superior al factor que corresponda a un cotizante del mismo sexo". Y en el marco de lo anterior, las instituciones de Salud Previsional son libres "para determinar los factores de cada tabla que empleen". El acuerdo se adoptó con los votos favorables del presidente del tribunal Marcelo La sentencia no tiene efecto retroactivo y comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial, lo que deberá ocurrir en un plazo máximo de 30 dÃas. El debate se inició por oficio en el TC, luego de varios fallos que declararon que, en casos concretos, el alza de precios en los planes de salud era discriminatoria. Ministro de Salud satisfecho por decisión del tribunal El ministro de Salud, Jaime Mañalich, calificó como "una buena noticia" el dictamen previo del Tribunal Constitucional que modifica parcialmente el sistema de cobros por factores de riesgo de las Isapres. "Nuestra lectura es que esto está completamente enmarcado en el mensaje del Presidente de la República expresado formalmente en el discurso del 21 de Mayo cuando señala su preocupación por las diferencias de los precios de los planes de salud que afectan predominantemente a las mujeres en edad fértil, a los niños menores de dos años y a los adultos mayores", agregó el titular del Minsal. "Lo que debemos entender en este momento, en primer lugar, es que el tribunal se ha inclinado por no derogar el artÃculo 38 ter, que permite que las Isapres definan diferentes precios en sus planes de acuerdo a ciertos riesgos de los cotizantes. En segundo lugar, este fallo debe interpretarse como que la estructuración de estas tablas de riesgo tienen que ser establecidas por ley y no simplemente por un dictamen de la Superintendencia de Salud. Esto significa, en resumen, que la libertad para fijar estas diferencias de precios mediante una circuar de la Superintendencia queda severamente restringida", explicó el ministro.
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